lunes, 11 de julio de 2016

El Lobby en el Peru

El año 2003, la gestión profesional de intereses o lobbying en el Perú se incorpora a su legislación con la Ley 28024. con el objetivo de hacer transparente esta actividad de relacionamiento que ha existido  siempre en el Perú y el mundo. El Perú contrató a firmas estadounidenses para hacer lobby en el Congreso deUSA en el marco de las negociaciones del TLC.



Con la Ley 28024, el Estado Peruano regula el derecho de los ciudadanos a proteger nuestros intereses (derecho de petición en la Constitución) con la cual los ciudadanos podemos dirigirnos a los poderes públicos,dentro de una democracia.

La ley señala que los gestores pueden ser: los que gestionan sus propios intereses y los profesionales, que lo hacen en representación de terceros. Estos últimos están registrados ante la Sunarp, reportan sus actividades e identifican a los funcionarios públicos con los que se reúnen.

Pero la norma no regula la gestión de intereses propios. por tanto una persona puede acudir en representación de su empresa o su gremio sin que se le exija  reportar las conversaciones o solicitudes hechas a funcionarios públicos ante la Sunarp. La ley tampoco les exige estar acreditados como los gestores profesionales, ni entregar los nombres de aquellas personas con las que se reunieron.

Los funcionarios públicos no cumplen con informar a Sunarp con quiénes se reúnen y qué temas tocan, esto último, la ley sí lo exige.



Los escándalos desatados por la relaciones entre funcionarios públicos y privados son conocidos: Lava Jato en Brasil y los Petroaudios en el Perú. Estas relaciones, donde las líneas son muy delgadas, deben ser transparentes, favorecer la democracia y alejarse de toda duda de malas prácticas, tráfico de influencias y corrupción. Los ciudadanos debemos conocer quiénes son los interlocutores, los temas que se abordan y, por lo tanto, cómo nos afectan.



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